EXPERIENCIAS
Senderismo Área Protegida Juaitoque
- ¿Qué debes saber?
- ¿Qué incluye?
- Itinerario
- Equipo de viaje y Recomendaciones
- ¿Cómo reservar?
- Políticas de cancelación
Información básica del recorrido
Tiempo promedio del recorrido: 3 horas.
Altitud máxima y mínima: 3120 y 2850 Largo del sendero: 6,2 kms.
Ecosistemas: Bosque altoandino y subpáramo
Número de estaciones de interpretación: 11
Cuenca: Quebrada La Chorrera y Quebrada Pantanitos
Nivel de dificultad: medio.
Información de uso y reglamentación: Los visitantes deben transitar únicamente por los senderos establecidos y no alejarse de los mismos. Se encuentra prohibido tocar o extraer especies de flora y fauna. El visitante debe permanecer en silencio durante el recorrido, no arrogar residuos, no hacer fogatas, y no ahuyentar o alimentar la fauna. Se encuentra prohibido el ingreso de mascotas en el DMI Juaitoque.
No utilizamos botellas plásticas, se recomienda llevar botilito reutilizable.
Se permite el ingreso de niños a partir de los 10 años, los cuales deben permanecer bajo el cuidado de sus padres. No es recomendable la visita al DMI para mujeres en estado de embarazo.
Aporte comunitario: El área protegida es administrada por el Comité de Turismo de Naturaleza de Cucunubá COTUNACU y su aporte contribuye en la economía de aproximadamente 7 familias que viven en el DMI.
✨ Diviértete y disfruta el contacto con la naturaleza , invita a tus amigos a conocer el DMI JUAITOQUE .
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Transporte terrestre, transportes internos (Municipio de Cucunubá)
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Guía interprete local, guia bilingüe tiene un costo adicional.
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Seguro de asistencia médica
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Alimentación: (1) desayuno, (1) almuerzo, (1) refrigerio
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Servicios NO incluidos: Gastos no estipulados, compras, recordatorios, alimentación especial, bebidas.
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Al visitar este destino estas contribuyendo a un turismo comunitario, sostenible y al desarrollo de prácticas amigables con el medio ambiente como la conservación.
6:30 a.m.: Punto de encuentro Parque principal Municipio de Cucunubá. Desplazamiento al Distrito de Manejo Integrado Juaitoque, transporte terrestre carretera destapa.
7:00 a.m.: Recibimiento, bienvenida, desayuno, inducción de guianza y entrega de manillas.
7:40 a.m.: Charla inicial, información del área, recomendaciones, calistenia, explicaciones listas de chequeo.
8:00 a.m.: Inicio recorrido.
8:15 a.m. 12:15 p.m.: Recorrido, observación de flora y fauna, contemplación de la naturaleza.
10:00 a.m.: Refrigerio e hidratación.
12:15 p.m.: Almuerzo típico – experiencia para disfrutar de la comida tradicional de la región.
2:00 p.m.: Regreso al Municipio de Cucunubá, city tour, visita al Museo de La Lana – arte de hilar, legado cultural.
4:00 p.m.: Regreso a su lugar de origen.
La actividad de ascenso al DMI JUAITOQUE requiere respeto, amor, esfuerzo y preparación. Tenga en una cuenta las siguientes recomendaciones:
1. Duerma bien la noche previa, no se trasnoche, no tome licor u otras sustancias que le reste energía, le ayudara a adaptarse mejor a las condiciones altitudinales.
2. Este tour es para personas mayores de 10 años y menores de 70 años.
3. No se debe presentar ninguna afectación cardiopulmonar o de movilidad (De tener alguna por favor hágalo saber antes del ascenso).
4. Atienda las recomendaciones del guía, sea puntual.
5. Se puede llevar o consumir previamente: Frutas, barras de cereales, bocadillos, chocolatinas, galletas de sal, frutos secos, etc.
6. Termo para cargar agua. No uso de Pet.
Recomendaciones de Vestuario:
- Botas o tenis de amarrar cómodos para caminar, la suela debe tener textura o agarre para que no se deslice.
- Medias largas que superen el calzado
- Licra o pantalón termino y encima una sudadera o pantalón para caminar cómodo.
- En la parte superior se debe llevar tres capas de ropa: una camiseta, un saco y una chaqueta que abrigue y que sea preferiblemente resistente al agua o rompe vientos.
- Impermeable
CONDICIONES DE RESERVA & GARANTÍA:
Reserva: Para reservar la prestación del servicio debes enviar al correo Dirección: Cucunubá, Cundinamarca. 3228769927 – 3138003092 reservascotunacu@gmail.com la siguiente documentación:
• Documento de identidad de cada pasajero por los dos lados.
• Soporte de pago del 50% de la totalidad del servicio contratado (este pago se podrá realizar a través de medios virtuales a nombre de COTUNACU
• Tarifas: Todas las tarifas registradas en nuestro tarifario están sujetas a modificaciones de acuerdo con los cambios y las políticas de los proveedores.
• No show: En caso que el viajero sea no show (es decir no se presente) para tomar los servicios contratados, se considerará el servicio como prestado y no habrá ningún tipo de reembolso del dinero, según el acuerdo al artículo 65 de la ley 300/96.
• Cambios y cancelaciones: Todos los cambios y cancelaciones están sujetos a las condiciones puntuales del plan contratado, sin embargo, de haber lugar a la posibilidad de algún cambio el viajero deberá tener en cuenta que TIENEN UN SOBRECOSTO.
Las presentes «Condiciones Generales» son regidas por las normas del ordenamiento civil mercantil y demás leyes aplicables. , está sujeta al régimen de responsabilidad que establece la Ley 300 de 1996 y D.R. 1075/97, Decreto 2438 de 2010 y demás decretos reglamentarios.
NOTA: Adoptamos y cumplimos los requisitos establecidos en la norma Técnica Sectorial NTS.TS 003, que incluye entre otros, los requerimientos legales que regulan los efectos generados por la actividad turística. De la misma forma la agencia operadora se compromete, a cumplir lo establecido en las siguientes leyes: Ley 1336 de 2009: Por medio de la cual se adiciona y robustece la ley 679 de 2001, de lucha contra la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes».
Ley 1185 del 2008, la cual modifica la ley 397 de 1996, que dicta las normas aplicables al cuidado y salvaguarda del patrimonio cultural.
Dec 1608 de 1978, que modifica la ley 23 de 1973, la cual el presidente de la República expide el Código de Recursos Naturales y de Protección al Medio Ambiente y se dictan otras disposiciones relacionadas.
Ley 1752 de 2015, que modifica la Ley 1482 de 2011 que tiene por objeto sancionar penalmente actos de discriminación por razones de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación.
Atendemos los estándares de la resolución 666 del 24 de abril del 2020 donde se establecen las normas de protocolos y bioseguridad.
RESPONSABILIDAD: La Agencia operadora, no se hace responsable, Ni será considerado incumplimiento al servicio en caso de: Catástrofes naturales. Alteraciones de orden público. Condiciones climáticas adversas Demoras y cancelación de servicios